Tras la publicación del Real Decreto 270/2022 el acceso a la función pública docente deberá cumplir una reducción de interinos docentes y todas las plazas de estabilización ya se han convocado en las comunidades autónomas antes del 1 de junio de 2022, teniendo que publicarse su convocatoria antes del 31 de diciembre de 2022 y resolverse antes del 31 de diciembre del 2024.
Si bien las plazas de reposición y nueva creación se regulan por el sistema de concurso-oposición tradicional con pruebas eliminatorias regulado en el RD 276/2007 indicar que las plazas de estabilización años) en cumplimiento de la estabilización docente se tienen que convocar por un concurso extraordinario (Plazas estructurales ocupadas antes de 1 enero 2016 y que actualmente la mayoría de las comunidades autónomas ya han convocado recogido en la Transitoria 5ª RD 270/2022) y por concurso-oposición mediante pruebas no eliminatorias ( Plazas estructurales ocupadas temporalmente al menos 3 años antes del 31/12/2020 y las no cubiertas en procesos selectivos anteriores)
Respecto al concurso-oposición mediante pruebas no eliminatorias en la fase de oposición que supone un 60% de la nota final el aspirante debe presentarse a 2 pruebas . La primera prueba (parte A) consistirá es un tema escrito seleccionado del temario oficial de cada especialidad (puede ser elegir sobre 3, 4 o 5 según el número de temas que tenga esa especialidad ) y la segunda prueba (parte B) consistirá en presentación y defensa de una unidad didáctica (B1) y caso práctico según que especialidades (B2)
En relación con lo anterior ya se han publicado algunas convocatorias y respecto a la presentación y defensa de la unidad didáctica las características pueden ser:
Esta parte Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente por lo tanto aconsejamos disponer de un abanico de metodologías innovadoras y activas (Ver algunas ) que puedan ser interesantes para la preparación, presentación, exposición, y defensa de una unidad didáctica que tendrá que estar relacionada con el puesto o especialidad al que opta el aspirante. Indicar que el opositor elegirá el contenido de la unidad didáctica. No obstante se establecen algunos aspectos mínimos para la elaboración de la citada unidad didáctica que deberá concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
Indicar también que la unidad didáctica deberá estar contextualizada en un centro público de la Comunidad Autónoma donde se presente el aspirante por lo que se deberá conocer la normativa educativa básica (Decretos, Órdenes, Instrucciones..) que se aplica en esa comunidad . También deberán concretarse las metas de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación y todo ello en consonancia con los criterios de valoración para las diferentes etapas y/o especialidades que en cada Comunidad Autónoma se puedan establecer en las respectivas convocatorias.
La preparación, presentación, exposición y defensa de esta parte de la prueba se establecerá en la convocatoria . En las convocatorias ya publicadas se establece que será de carácter oral y como ejemplo de referencia se ajustará a lo siguiente:
a) Se dispondrá de un máximo de 20 minutos previos para que las personas aspirantes puedan preparar la presentación, exposición y defensa de la unidad didáctica ante el tribunal.
b) A continuación las personas aspirantes dispondrán de un máximo de 45 minutos para la presentación, exposición y defensa orales ante el tribunal.
Para la preparación, exposición y defensa de la unidad didáctica, las personas aspirantes podrán utilizar el material auxiliar que considere oportuno, que deberán aportar ellas mismas. Asimismo, en la exposición y defensa de la unidad didáctica podrán utilizar un guion que no excederá de dos páginas y que se entregará al tribunal al término de la exposición.
c) Finalizada la exposición oral el Tribunal de oposiciones podrá plantear al personal aspirante cuantas cuestiones o preguntas considere necesarias referidas a la unidad didáctica, en relación con el contenido de su intervención, no pudiendo exceder este debate de 15 minutos.
En las respectivas convocatorias se puede establecer los requisitos formales para elaborar la unidad didáctica (máximo de hojas, interlineado, tipo de letra, etc)
También comentar que en determinadas especialidades de la formación profesional específica, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo debiendo relacionarse con los resultados de aprendizaje y, en su caso, con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.
En alguna especialidad docente muy específica como es Servicios a la Comunidad, los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar, en equipos psicopedagógicos escolares, en gabinetes psicopedagógicos escolares o en otras unidades equivalentes.
Para ayudar al opositor en la elaboración de la unidad didáctica incluimos es este artículo una serie de reflexiones y opiniones de expertos sobre la definición y características de la unidad didáctica ya publicadas en la web estudiaroposiciones.com, en concreto:
- 2 videos de Pablo J. Díaz sobre pasos para elaborar una unidad didáctica LOMLOE . Video 1 y Video 2
- Video de Rodrigo Ferrer: «Cómo hacer una unidad didáctica con la LOMLOE en Educación Básica.
- Unidad didáctica en oposiciones no eliminatorias. UD impecable. Video Vic2BR
- Defensa de la unidad didáctica . Claves que no pueden faltar. Video Diego Fuentes
- ¿Cómo hacer una unidad didáctica ?. Video preparadores oposiciones
- Cómo hacer unidades didácticas en 5 pasos. Video recursos aula
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