Convocadas oposiciones para Justicia . Selección cursos formación

El 1 de febrero de 2024 se publicaron en el BOE las bases generales de las convocatorias de los Cuerpos Generales de Justicia derivados de la Oferta de Empleo Público del año 2023.

Estos procesos selectivos se resolverán por el sistema de oposición. Es decir, no existirá una fase de concurso en la que se valoren los méritos de los y las aspirantes.

El número de plazas convocadas es el siguiente:

  • Auxilio Judicial – 358 plazas
    • Se reservan 26 plazas para personas con discapacidad
  • Tramitación Procesal – 406
    • Se reservan 28 plazas para personas con discapacidad
  • Gestión Procesal – 288 plazas
    • Se reservan 20 plazas para personas con discapacidad

Cambios importantes en las bases de las convocatorias

Es importante destacar algunos cambios que presenta la convocatoria 2024 de Justicia respecto a convocatorias previas:

  • Se llevará a cabo por el proceso selectivo de oposición. No habrá fase de concurso
  • Los ejercicios se celebrarán en una misma sesión, uno a continuación de otro en la misma fecha en las distintas sedes en cada uno de los ámbitos territoriales

DETALLES SOBRE LAS OPOSICIONES DE JUSTICIA CON DESCUENTO DE 50 EUROS CON EL CUPÓN «OPOSJUS24»

Este cupón de 50 euros (OPOSJUS24) estará disponible hasta el 4 de marzo 2024 y no es acomulable a otros descuentos

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Características de los cursos :

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Estos son los cursos :

Gestión Procesal. VER CURSO

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.

Acceso

La Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, (BOE de 22), regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.

El Ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa puede tener lugar mediante Acceso libre, abierto a todos los aspirantes que reúnan los requisitos que se indicarán más adelante, o por promoción interna reservada a los funcionarios de carrera del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con dos o más años de antigüedad en el Cuerpo.

En ambos sistemas de acceso se garantizaran los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

El acceso libre tiene lugar inicialmente, por oposición, que es el sistema ordinario, aunque excepcionalmente puede ser por concurso oposición.

El acceso por promoción interna, será siempre por concurso oposición.

Requisitos

Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa serán necesarios los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: Ser español.
  • Edad: Tener dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: poseer la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
  • Habilitación:
    • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
    • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

Para el Acceso de Promoción Interna será necesario llevar al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Tramitación Procesal. VER CURSO

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.

Acceso

La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, (BOE de 22), que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.

El Ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa puede tener lugar mediante Acceso libre, abierto a todos los aspirantes que reúnan los requisitos que se indicarán más adelante, o por promoción interna reservada a los funcionarios de carrera del cuerpo de Auxilio Judicial con dos o más años de antigüedad en el Cuerpo.

En ambos sistemas de acceso se garantizaran los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

El acceso libre tiene lugar inicialmente, por oposición, que es el sistema ordinario, aunque excepcionalmente puede ser por concurso oposición.

El acceso por promoción interna, será siempre por concurso oposición.

Requisitos

Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa serán necesarios los siguientes requisitos:

Nacionalidad: Tener nacionalidad española.

  • Edad: Tener dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: poseer la titulación de bachiller o equivalente.
  • Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  • Habilitación:
    • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
    • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

Para el Turno de Promoción Interna será necesario además, llevar al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

También te informamos del curso:

Tramitación procesal. Tercer ejercicio de informática. VER CURSO

 

Auxilio Judicial. VER CURSO

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.

Acceso

La Ley Orgánica del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio (BOE de 22), regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.

El ingreso en los Cuerpos de la Administración de Justicia  se llevará a cabo mediante los sistemas de oposición, que es el sistema ordinario, o excepcionalmente, de concurso oposición libre. En ambos casos se garantizarán los principios de igualdad, mérito y capacidad así como el de publicidad.

Requisitos

Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Auxilio Judicial  serán necesarios los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: Tener nacionalidad española.
  • Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: poseer la titulación de graduado en E.S.O o equivalente.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas del Cuerpo a que aspira.
  • Habilitación:
    • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
    • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

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